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Calentadores de gas en viviendas, nueva normativa

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La nueva normativa sólo permite instalar calentadores de gas estancos. 

EL pasado mes de abril finalizó la moratoria de cinco años que marcaba la disposición transitoria del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), por lo que desde dicha fecha está prohibido instalar calentadores de gas de cámara abierta   (atmosféricos) y sólo se podrán instalar calentadores estancos

¿Tengo que cambiar mi calentador?

Las personas que tengan instalado en su vivienda un calentador de cámara abierta no tendrán que sustituirlos. Ahora bien, en el momento que, por la razón que sea, deban sustituirlo, sólo encontrarán en el mercado calentadores estancos, ya que los modelos  de cámara abierta no se pueden comercializar.

En cuanto a las nuevas promociones de vivienda, todas están obligadas a instalar calentadores estancos, sin excepciones.

Razones medioambientales y de seguridad

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