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Plan de vivienda 2022-2023
Plan de vivienda 2022-2025
El Gobierno aprobó el pasado martes, 18 de enero, el Plan de vivienda 2022-2025. Dotado con 1.700 millones de euros, el plan, como viene ocurriendo en los últimos años, pone su acento en el alquiler, aunque mantiene un número limitado de ayudas a la adquisición de vivienda, que tienen como objetivo fomentar la compra de viviendas en municipios de pequeño tamaño por parte de jóvenes, con el fin de frenar el despoblamiento de las zonas rurales.
Con el fin de facilitar el acceso a una vivienda a los ciudadanos, el Plan elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) recoge, por un lado, una serie de programas de entrega de ayudas directas para que jóvenes y personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad puedan acceder a una vivienda en alquiler.
Por otro, se centra en medidas que tienen como objetivo aumentar la oferta de vivienda en alquiler, con ayudas para fomentar la construcción o rehabilitación de edificios destinados al alquiler social; pero también con programas que incluyen ayudas dirigidas directamente a los arrendadores.
Programas de ayudas para el acceso a una vivienda digna
- Programa de ayudas al alquiler de la vivienda: prevé ayudas directas del 50% de la renta mensual para familias vulnerables durante un máximo de cinco años.
Se consideran vulnerables aquellas unidades de convivencia cuyos ingresos no superen tres veces el IPREM, cuatro veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad, y cinco veces el IPREM si son familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad de determinados tipos.
Además, para tener derecho a las ayudas la renta de la vivienda no deberá superar los 601€/mes (ampliable a 900 euros/mes para determinados supuestos, previo acuerdo con la comunidad autónoma correspondiente).
- Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables. Prevé la entrega de ayudas directas al alquiler, pero también para el pago de gastos de mantenimiento, de comunidad y suministros.
Incluye una ayuda directa al alquiler de hasta 600€/ mes (ampliable a 900€, previo acuerdo con la comunidad autónoma correspondiente) durante un máximo de cinco años, y la posibilidad de recibir una ayuda para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos de hasta 200€/mes (hasta el 100% de los gastos), durante un máximo de cinco años.
En defecto de vivienda, las ayudas son extensibles provisionalmente a cualquier alojamiento o dotación residencial que salvaguarde el derecho a la intimidad y la libertad de tránsito.
- Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida: prevé la entrega de ayudas directas al alquiler de hasta 900€/mes (hasta el 100% de la renta) por un máximo de dos años a personas que hayan sufrido una situación de vulnerabilidad sobrevenida en los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.
Para valorar la situación como de vulnerabilidad sobrevenida se tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- La unidad familiar perceptora de esta ayuda deberá percibir unos ingresos que no superen las tres veces el IPREM
- Debe haber sufrido una reducción en sus ingresos de un mínimo del 20%.
- Antes de devenir en vulnerable, tenía que tener unos ingresos que no superaran 5 veces el IPREM, 5,5 en el caso de familia numerosa general y personas con discapacidad y víctima de terrorismo, y 6 veces en el caso de familia numerosa especial y personas con discapacidad severa
Por último, para poder recibir la ayuda, el esfuerzo para el pago de la renta arrendaticia ha de ser un 30% superior a los ingresos netos de la unidad de convivencia.
Las ayudas se conceden por un período máximo de 2 años.
- Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico. Se trata de un programa que prevé articular dos tipos de ayudas: a la compra y al alquiler
- Ayudas al alquiler: dirigido a jóvenes de hasta 35 años, prevé la entrega de ayudas de hasta 600€/mes (900€/mes para determinados supuestos, previo acuerdo con la comunidad autónoma correspondiente) para alquiler de vivienda habitual, y hasta 300€/mes (450€/mes, para determinados supuestos, previo acuerdo con la comunidad autónoma) para el alquiler de habitación.
Para acceder a estas ayudas se deben tener unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM, 4 veces en el caso de personas con discapacidad, y 5 si se trata de una discapacidad severa.
- Ayudas a la compra en municipios o núcleos de población con 10.000 habitantes o menos: están dirigidas a jóvenes de hasta 35 años y prevén la entrega de hasta 10.800€, con límite del 20% del precio de la adquisición, siempre que el precio de la vivienda sea inferior a 120.000€.
La vivienda adquirida deberá constituir el domicilio habitual y permanente de la persona que ha recibido la ayuda durante, al menos, cinco años.
Los requisitos de ingresos son los mismos que en caso de las ayudas al alquiler.
Programas de incremento de la oferta de vivienda de alquiler
- Programa de incremento del parque público de viviendas: ayudas a la adquisición de viviendas y a la rehabilitación, en el caso de que ésta sea necesaria, que se vayan a destinar al alquiler durante al menos 50 años.
Las viviendas beneficiarias de estas ayudas deberán alquilarse a unidades de convivencia cuyos ingresos no superen tres veces el IPREM (el límite puede variar en función de acuerdos suscritos con las comunidades autónomas).
Las ayudas cubrirán hasta el 60% del precio de la compra y hasta 6.000€ por vivienda en caso de que sea necesario realizar obras de habitabilidad y/o accesibilidad, con un límite del 75% de la inversión.
Los destinatarios de estas ayudas son administraciones públicas o sus entidades vinculadas o dependientes., fundaciones, empresas de economía social y sus asociaciones cooperativas, ONG y asociaciones declaradas de utilidad pública.
- Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad: ayudas para la promoción o rehabilitación de edificios con prestaciones adicionales para personas mayores y con discapacidad.
El Plan prevé entregar ayudas de hasta 700€ por cada metro cuadrado útil de vivienda o alojamiento con un límite de 50.000€ por alojamiento y del 50% de la inversión.
Para poder beneficiarse de estas ayudas, las viviendas deberán cederse o destinarse al arrendamiento con alquiler limitado (primer año de vigencia del Plan: Hasta 10€ por m2 útil de vivienda o alojamiento) a unidades de convivienda con un límite de ingresos de 5 veces el IPREM (este límite se puede ampliar en función de acuerdos con la comunidad autónoma).
Las viviendas deberán ser utilizadas para ese fin durante al menos 20 años.
Los destinatarios de las ayudas son personas físicas, administraciones públicas o sus entidades vinculadas o dependientes., fundaciones, empresas de economía social y sus asociaciones cooperativas, ONG y asociaciones declaradas de utilidad pública.
- Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares: ayudas a la promoción de alojamientos de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación de edificios, y promociones de modalidades residenciales tipo cohousing, viviendas intergeneracionales o similares.
Para beneficiarse de este tipo de ayudas, las viviendas o alojamientos deberán cederse en uso o destinarse al arrendamiento con renta limitada (primer año de vigencia del Plan: Hasta 8€ el m2 útil de vivienda o alojamiento y espacio de interrelación) durante un período mínimo de 20 años, a unidades de convivencia cuyos ingresos no superen las 5 veces el IPREM (el límite podrá variar en función de acuerdo con la comunidad autónoma)
Las ayudas serán de 420€ por cada m2 de superficie útil de vivienda o alojamiento y espacios de interrelación, con los límites de 50.000€ por alojamiento o vivienda y el 50% de la inversión.
Los destinatarios son personas físicas y a administraciones públicas o sus entidades vinculadas o dependientes., fundaciones, empresas de economía social y sus asociaciones cooperativas, ONG y asociaciones declaradas de utilidad pública.
- Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda asequible o social: ayudas están destinadas a comunidades Autónomas, entidades locales y entidades dependientes o vinculadas, entidades públicas en general y entidades y fundaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la promoción y/o gestión de viviendas protegidas.
Se concederá una ayuda de entre 150€ y 175€ por m2 de vivienda para que el beneficiario haga frente a la cesión de usufructo de la vivienda por parte de la SAREB o entidades públicas.
En el caso de que sea necesario realizar obras de habitabilidad o accesibilidad, se concederán hasta 8.000€ por vivienda con límite del 75% de inversión.
Las viviendas deberán ponerse en alquiler con rentas que se sitúen entre los 150€ y los 350€, y los arrendatarios serán unidades de convivencia con ingresos que no superen las 3 veces el IPREM.
- Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas para su alquiler como vivienda asequible o social: consiste en la concesión de ayudas a los propietarios que cedan sus viviendas a las comunidades autónomas, entidades locales o a sus entidades dependientes o vinculadas para que sean puestas en alquiler durante un mínimo de siete años.
En este caso, la comisión de seguimiento del plan, formada por el Ministerio y la comunidad autónoma, acordará cuál es el precio de mercado de la vivienda, y la comunidad autónoma fijará la renta del alquiler del inquilino, que nunca será superior a 400€, y que deberá incrementar en la mitad la diferencia entre el alquiler social y el precio de mercado acordado.
Al propietario se le entregará una ayuda de la mitad de la diferencia entre el alquiler social y el precio de mercado acordado. De esta manera, entre la ayuda entregada por la administración y la renta que entrega el inquilino se sumará el 100% del precio de mercado del alquiler previamente fijado.
Además, en caso de que se tengan que realizar obras de habitabilidad o accesibilidad en la vivienda, el propietario recibirá hasta 8.000 euros por vivienda, con límite del 75% de inversión.
Los inquilinos de estas viviendas no podrán tener unos ingresos superiores a cinco veces el IPREM
- Programa de ayuda al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia: consiste en la concesión a los arrendatarios de una ayuda del 5% del total anual de la renta para que constituyan un seguro de protección de la renta.
Cómo se gestionarán estas ayudas y dónde solicitarlas
Una vez aprobado el Plan, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana deberá firman convenios bilaterales con las diferentes comunidades autónomas, que serán las encargadas de gestionar y tramitar los diferentes programas de ayudas.
Normalmente, la firma de estos convenios viene condicionada a que las comunidades autónomas se comprometan a cofinanciar las medidas en determinado porcentaje.
Esta es la razón por la que el propio Plan prevé variaciones en los límites de las ayudas percibidas o en las rentas de los beneficiarios, ya que podrán variar en función de la aportación a la que se comprometa la comunidad autónoma correspondiente.
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