Las ayudas a la compra y al alquiler en el nuevo Plan de Vivienda
El pasado 9 de marzo el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Plan de Vivienda 2018-2021 que, como viene sucediendo en los últimos años, tiene como pilares fundamentales las ayudas a las rehabilitación edificatoria y al alquiler, dejando en un segundo plano, y muy limitadas a un sector muy concreto de la población, las subvenciones a la compra de vivienda, que hasta no hace mucho eran las grandes estrellas de las políticas de vivienda.
En su momento, ya dedicamos un completo artículo a las ayudas de la rehabilitación edificatoria incluidas en el Plan, por lo que en esta ocasión nos vamos a centrar en las ayudas al alquiler y la compra.
Requisitos económicos para acceder a las ayudas
Los requisitos económicos para acceder a cualquiera de la ayudas son los mismos para los diferentes programas incluidos en el Plan de Vivienda. Así, los solicitantes no podrán superar lo siguientes ingresos anuales:
- Por norma general, la unidad familiar o unidad de convivencia no podrá tener unos ingresos superiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 22.558,77€.
- En el caso de las familias numerosas generales o de personas con discapacidad, los ingresos no podrán superiores a 4 veces el IPREM, es decir 30.078,36€.
- Las familias numerosas especiales y aquellas que tengan reconocido determinados grados de discapacidad más grave, como parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, discapacidad intelectual, física, sensorial o discapacidad del desarrollo, no podrán ingresar más de cinco veces el IPREM, es decir 37,597,95€