El préstamo hipotecario a la autopromoción está dirigido a personas que cuentan con un terreno en propiedad y que desean financiar la construcción de su propia vivienda habitual o de una segunda residencia. Son préstamos que financian la realización de la obra, pero no la compra del terreno donde se va a realizar, que tiene que haberse adquirido previamente a la solicitud del crédito.
Normalmente, al menos en nuestro país, este tipo de hipotecas se conceden para la construcción de viviendas sobre suelo urbano.
Hay que tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, son préstamos que no figuran en los catálogos de las entidades financieras, pero eso no quiere decir que no los concedan. A día de hoy, solo Banco de Santander y Bankinter los ofrecen de manera explícita, pero incluso en estos casos, buena parte de las condiciones serán particulares, es decir, quedarán a expensas de la negociación que se realice con el banco.
Las hipotecas para la autopromoción conceden una cantidad máxima a partir del presupuesto de un proyecto de edificación. Normalmente, los bancos conceden entre un 80% y un 85% de lo presupuestado para la construcción de una vivienda habitual, y un 60% en el caso de que se trate de una segunda vivienda, pero también encontraremos casos en los que se llegue a conceder sobre el 100% del presupuesto, fundamentalmente en el caso de que el objetivo sea construir una primera residencia.
El plazo de amortización máximo suele ser de 30 años, pero puede variar en función de la entidad financiera que conceda el crédito.
La principal diferencia con las hipotecas tradicionales es que el banco no entrega de una vez toda la cantidad de dinero concedida, sino que se va entregando por en el plazo de dos años en diferentes fases:
Por último, hay que tener en cuenta que la mayoría de las hipotecas de autopromoción establecen un período de carencia durante esos dos primeros años en los que se va haciendo entrega del dinero por fases, de manera que solo se pagan los intereses del crédito. El capital se empieza a amortizar cuando ya se ha finalizado la construcción.
La mayoría de las entidades financieras que conceden este tipo de hipotecas exigen, como mínimo, lo siguientes requisitos:
Por supuesto, además, se tendrán que cumplir con todos los requisitos de solvencia habituales a la hora de conceder cualquier crédito hipotecario: tener unos buenos ingresos, bajo nivel de endeudamiento, una situación laboral estable, ahorros, etc.
Como hemos comentado al principio, este tipo de hipotecas se conceden para la construcción de viviendas sobre suelo urbano, e incluye las viviendas prefabricadas, siempre que estén ancladas en el suelo de forma consistente.
Hay que tener en cuenta que para las viviendas prefabricadas también será necesario presentar un proyecto de ejecución visado por el colegio de arquitectos, y la licencia de obra.
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